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jueves, 27 de junio de 2013

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ALEMÁN: ENTRE MÁLAGA Y MALAGÓN





No es el Bundesbank. Son los jueces.
Francisco Rubio Llorente
 
http://elpais.com/elpais/2013/06/21/opinion/1371826224_271756.html


DICE:

1.- El Tribunal…  si juzga que la actuación del Banco Central Europeo ha sido intachable, desautorizará al Bundesbank ( y ) si, por el contrario, entiende que esa actuación es inaceptable para Alemania, censurará al Gobierno y al Bundestag el apoyo que le han dado

2.- En ambos casos habrá dañado gravemente su autoridad. En el primero por enfrentarse con el Bundesbank..,   en el segundo caso, porque no parece razonable que un órgano sin legitimidad democrática directa acuse a los órganos que encarnan esa legitimidad de haber violado precisamente el principio democrático

3.- la política se judicializa cuando queda en manos de los jueces  el poder de decidir cuestiones puramente políticas. Ese desplazamiento…  choca con los principios propios del Estado democrático de derecho y suele ser funesto para el prestigio de la justicia

4.- en Alemania,  (su)  Tribunal Constitucional venía sosteniendo, desde mucho tiempo atrás, que la primacía del derecho europeo sobre los derechos nacionales no podía llegar hasta el punto de ignorar las garantías que la Constitución alemana da a los derechos fundamentales… plasmada en el precepto que impone a la Unión el deber de respetar la “identidad constitucional” de los Estados miembros

5.-  La constitucionalización de los principios de la Unión obliga a los jueces alemanes, y en especial al Tribunal Constitucional Federal, a controlar la constitucionalidad de las normas y actos del derecho europeo que hayan de aplicase en territorio alemán ( que) ha decidido verificar por sí mismo si, además de respetar los Derechos Fundamentales, la Unión ha actuado dentro de sus competencias y ha cumplido con su deber de respetar la identidad nacional de Alemania

6.- El Tribunal … ha proclamado en términos rotundos su facultad para someter la actividad de la Unión a un triple control: el de los derechos fundamentales, el del exceso de competencia y el de la identidad nacional ( decidiendo  que) el derecho fundamental a la participación política mediante la elección de representantes resulta violado si las cámaras así elegidas ven limitado su poder de decidir el marco social y económico en el que los alemanes desarrollan su vida